sábado, 6 de agosto de 2011

Intercambio de Casa: Cautelas????

ga el verano y, pese a la crisis, pocos se resisten a marcharse de vacaciones. Claro que la falta de dinero se nota, y a veces surge la pregunta: ¿Por qué no rentabilizar la casa durante esos días en los que no se ocupa?

Cada vez más ciudadanos responden afirmativamente a esta cuestión y deciden sacar partido a una casa vacía durante unos días. Hay dos maneras de hacerlo. La primera, más habitual, consiste en alquilarla. La segunda, intercambiarla con otras personas de la ciudad o del país que se desea visitar. Son soluciones muy socorridas que, gracias a Internet, son cada vez más sencillas. En la Red proliferan todo tipo de páginas, la mayoría de ellas radicadas en el extranjero pero con una fuerte presencia de usuarios españoles, que facilitan ambas opciones. Bien es verdad que hay que tomar algunas precauciones para evitar que la experiencia se convierta en una pesadilla bajo la forma de casas destrozadas o de inquilinos que se convierten en okupas.

E. J. es una joven norteamericana, que decidió alquilar su casa durante su semana de vacaciones. Lo hizo mediante uno de los portales más prometedores del sector, Airbnb.com. Por su intermediación encontró un inquilino para esos días. A la vuelta descubrió que su hogar estaba prácticamente destrozada. Tapicerías arrancadas, cuadros y ropa de cama quemados en la chimenea, y todos sus objetos de valor, encerrados bajo llave en una habitación, expoliados. De inmediato se puso en contacto con el portal pero no recibió la respuesta que esperaba. Tardaron casi un día completo en ponerse en contacto con ella y únicamente le ofrecieron su solidaridad y la colaboración con la Policía. La joven contó su odisea en su blog, y en pocas horas los del portal le rogaron que la retirara porque podía poner en peligro una aportación de capital de 112 millones de dólares que estaban a punto de recibir. El caso de E. J. se ha convertido en uno de los más conocidos de Internet, y en el mejor ejemplo de lo que no se debe hacer en estas situaciones, tanto por parte de la empresa como por parte de los usuarios.

La actividad comercial debe tener un seguro

La aventura de E.J. habría tenido un final feliz si hubiera tomado precauciones. Hay que recordar que "tanto el intercambio de domicilios como el alquiler entre particulares, son actividades que no están protegidas por las leyes de consumo españolas. Son meros intercambios entre particulares", explica Antonino Joya, director de comunicación de la OCU.

“La primera precaución que hay que tomar, tanto en el caso del alquiler como en el del intercambio es asegurarse de que ambas actividades están cubiertas por el seguro de la vivienda. Además, si hay cosas valiosas, es mejor llevarlas a un lugar seguro", aconseja Gerald Gómez, representante en España de Homelink International, una de las empresas decanas del sector del intercambio de viviendas, que también tiene un sitio web. Quien se decida por el alquiler debe poner el máximo cuidado en la redacción del contrato; en él "deben figurar datos tales como la duración del contrato, la naturaleza de las prórrogas -si las hay-, un inventario detallado de la casa con todo lo que contiene y el estado detallado de conservación," aclara Antonino Joya. Otro asunto que hay que tener en cuenta es el de los fueros. Deben acordarse los tribunales en los que se dirimirán conflictos y diferencias.

Para el intercambio de casas, la situación es diferente. "En este caso no existen garantías. Se hace a título privado entre dos particulares que se invitan mutuamente a su casa. De todas formas, al estar en juego el domicilio habitual de cada uno, todos tiene el máximo interés en tratar bien la casa ajena", apunta el representante en España de Homelink. El perfil de los ciudadanos que intercambian casa en vacaciones es una persona a quien le gusta viajar, que ya ha intercambiado su domicilio en más ocasiones y que suele confiar en la gente con quien intercambia. "Si alguien siente inseguridad, es mejor que no practique en el intercambio, porque va a pasar unos días muy malos", apostilla Gómez.

A la hora de acudir a un sitio en Internet para intercambiar o alquilar el domicilio durante las vacaciones hay que asegurarse de que cumple una serie de condiciones. En primer lugar, hay que leer detalladamente el contrato que se establece con el responsable del sitio. No todos los sitios son gratuitos, aunque es común que exista un apartado donde figuran las condiciones de uso y los derechos y obligaciones de ambas partes. Conviene decantarse por aquellos portales de intercambio de casas que proporcionan la mayor cantidad de información posible sobre el futuro arrendador.

En algunos portales hay un sistema de calificación y de alertas que evalúan los propios usuarios. Es mejor relacionarse con los usuarios que tengan las mejores calificaciones. Uno de los fallos graves de Airbnb.com es que se comprometían a comprobar la seriedad de arrendadores y arrendatarios y sólo les permitían entrar en contacto directo en el último instante. En realidad no era más que una maniobra para asegurar su comisión. Quien desee alquilar es mejor que lo haga a través de sitios que retengan el pago hasta recibir la conformidad de ambas partes, uno o dos días tras iniciarse el alquiler. Por último, hay que comprobar si el sitio dispone de un sistema para la resolución de conflictos, comprobar el fuero judicial, y si además cuenta con algún tipo de seguro. Tras la experiencia de E.J., Airbnb.com va a contratar un seguro de responsabilidad por valor 50.000 dólares, que estará disponible a partir del 15 agosto.

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